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viernes, 24 de diciembre de 2010

El presidente de la República, Alan García, promulgó esta mañana la Ley de Libertad Religiosa‏

En el Salón Dorado de Palacio de Gobierno, el presidente de la República, Alan García, promulgó esta mañana la Ley de Libertad Religiosa, que dispone el reconocimiento por parte del Estado de todas las confesiones, en igualdad de condiciones y con goce de los mismos derechos, obligaciones y beneficios.
El dignatario destacó que esta norma constituye un hecho de importancia histórica para la democracia y la libertad en el Perú, pues con ella se pone fin a cualquier residuo de intolerancia.
"Esta ley confirma y afirma que somos una sociedad creyente, una sociedad que en su inmensa mayoría tiene fe. La iglesia Católica, por su historia, aparece con un enorme peso en la ciudadanía, pero otros cultos, religiones e iglesias tienen espacio y han ido avanzando en captación y formación de sus miembros”, anotó.
La norma garantiza el derecho fundamental de toda persona a la libertad de religión, reconocido y amparado por la Constitución Política y por los tratados internacionales ratificados por el Estado peruano.
Establece, además, que el ejercicio público y privado de este derecho es libre y tiene como único límite, tanto la protección del derecho de los demás al ejercicio de sus libertades públicas y derechos fundamentales, como la protección del orden, la salud y moral públicos.
Indica que toda persona natural es igual ante la Ley, en ese sentido, se prohíbe toda acción u omisión que discrimine a una persona en razón de sus creencias religiosas.
Para ello, el Estado garantiza a las personas, de manera individual o asociada, que desarrollen libremente sus creencias y actividades religiosas, en público o en privado.
Asimismo, la libertad de religión comprende profesar la creencia religiosa que libremente se elija y cambiar o abandonar la que se tenga en cualquier momento, conforme al procedimiento propio de cada iglesia, confesión o comunidad religiosa.
“Nadie puede ser obligado a manifestar su convicción religiosa. Ninguna autoridad o funcionario público puede obligar a revelarlo. Nadie puede ser obligado a participar en actos de culto, a recibir asistencia religiosa o a prestar contribuciones económicas o en especie a entidades religiosas”, señala.


También, se garantiza el pleno respeto a las expresiones religiosas de los pueblos andinos, amazónicos y afroperuanos, así como su derecho a ejercerlas de manera individual o colectiva.
Establece que las personas naturales o jurídicas que, por acción u omisión, impidan el ejercicio de la libertad religiosa serán sancionadas de acuerdo con las normas penales o administrativas vigentes.
Asimismo, la norma precisa que las entidades religiosas gozan de las donaciones y los beneficios tributarios existentes, siempre que cumplan con el ordenamiento jurídico nacional.
“Las instituciones inscritas en el Registro de Entidades Religiosas que hayan adquirido notorio arraigo, gozarán de exoneraciones, beneficios tributarios y franquicias que les reconozcan los convenios que, en su caso, pudieren celebrar con el Estado”, señala.
La segunda disposición final de la norma fija que la personería y capacidad jurídicas de la Iglesia católica se regulará con base en el acuerdo firmado entre la Santa Sede y la República del Perú el 19 de julio de 1980.
Además, indica que las instituciones educativas, en todos sus niveles y modalidades, deberán respetar el derecho de los alumnos a exonerarse de los cursos de religión, por motivos de conciencia o en razón de sus convicciones religiosas, sin que ello afecte su promedio académico.
“En los casos de los menores de edad, la exoneración procederá siempre y cuando así lo expresen los padres o quien tenga la tutela de aquellos”, precisa la norma.
De igual manera, se establece que las entidades religiosas pueden crear y dirigir en forma autónoma sus centros de formación para el ministerio religioso y para estudios teológicos.
Asimismo, se crea el Registro de Entidades Religiosas, cuyo fin será el reconocimiento de la personería jurídica civil de las mismas, estableciéndose que la inscripción será voluntaria.
La Ley de Libertad Religiosa fue aprobada previamente por el Congreso de la República.


Edgardo Muguerza Florián
Director de Educación,Comunicación y Libertad Religiosa-UPS

miércoles, 8 de diciembre de 2010

Líderes de la Iglesia Adventista del Perú, Expresan Saludo al Parlamento Nacional en el Marco de la Aprobación de la Ley de Libertad Religiosa

El día de hoy viernes 03 de diciembre a horas 8:00 a.m., nuestros lideres de la Iglesia Adventista en el Perú, Pr. Abimael Obando , Líder de la Iglesia Adventista para el Sur del Perú, CPC. David Echevarría , Tesorero de la Unión Peruana del Sur, y departamentales de diversas áreas de la Iglesia del Norte del País como del Sur , sostuvieron una entrevista en el Palacio Legislativo con la Dra. Alda Lazo de Hornung, 2da Vicepresidenta del Congreso de la República y una de las fervientes promotoras de la aprobación de la Ley de Libertad Religiosa, con la finalidad de expresarle como representantes de la Iglesia Adventista del Séptimo Día nuestro agradecimiento al parlamento nacional por la aprobación de la ley que brindará igualdad y desarrollo de la libertad Religiosa en el Perú.

Finalizada la entrevista con la Dra. Alda Lazo, nuestro apreciado Pr. Abimael Obando fueron entrevistados en el canal del congreso, donde manifestó que la ley beneficiará a los alumnos adventistas que estudian en las Universidades y Colegios particulares o estatales que no profesan nuestra fe y enfatizo " Saludamos ley de libertad religiosa que es un paso que abrirá un capitulo extraordinario de libertad ; por que resulta sombrío y penoso mencionar que la historia del Perú no perdona cuando abre sus páginas para contarnos sobre la intolerancia, persecución, avaricia y poca justicia con la que en el pasado, no pocos y en nombre del crucificado, cometieron ciegamente en contra de sus hermanos en un afán egoísta y fanático, procurando inútilmente aniquilar un derecho inalienable con el cual el Altísimo dotó desde el principio a todo ser humano: la maravilla de la libertad para elegir y para creer. Por ese motivo, y sin faltar a los votos que siempre le hicimos al Dios de las Sagradas Escrituras, hoy celebramos aclarado siempre que toda ley es perfectible y destacar los hechos acaecidos en Utahuilaya en el altiplano del Perú, a Camacho o a Sthal, que haya sido la mismísima mano divina la que movió las piezas de la historia para que en el Perú haya surgido en los corazones la luz del amor por la libertad de conciencia y por lo tanto la libertad religiosa. ”

Posteriormente el CPC. David Echevarria extendió una cordial invitación a la Dra. Alda Lazo a apoyar el Proyecto de Enditnow y a promover la creación de una ley por el Día de prevención contra la violencia familiar.

A nombre de la Iglesia Adventista el Pr. Obando, hace un reconocimiento a la Dra. Alda Lazo entregándole el libro misionero del 2011 “Todavía Existe Esperanza”, libro que tiene como finalidad, disfrutar de un viaje espiritual y de la verdadera suprema esperanza.



Edgardo Muguerza Florián

Director de Educación, Escuela Sabática, Comunicación y Libertad Religiosa

Unión Peruana del Sur

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