Concretamente, la libertad
religiosa y la objeción de conciencia de cientos de jóvenes estudiantes
adventistas. En un tiempo en que todos coincidimos en que la Universidad
Nacional Autónoma de Honduras está abandonando la época del obscurantismo y el
desorden y entrando, por decirlo de alguna manera, a la época de la ilustración
de la mano de la rectora Julieta Castellanos, es impostergable que se revisen
las políticas de la Unah en el trato que se está dando al derecho a la libertad
religiosa, como sucede en el caso
de los estudiantes adventistas que son objetores de conciencia y la cual no es
respetada por la universidad bajo el argumento de la laicidad de la educación
pública. Cientos de estudiantes adventistas se han visto obstaculizados en sus
años de estudios, demorándose hasta tres años más de lo que sus carreras
demandan, otros no se han podido graduar en el tiempo y lugar establecidos, por
una sola razón, son objetores de conciencia respecto a cualquier tipo de
actividad en día sábado, día que según su credo es sagrado, de reposo total, y
en el que no se debe realizar, actividad alguna, de ningún tipo.
Hoy nos proponemos abrir una discusión
amplia respecto al tema de la libertad religiosa y las políticas universitarias
en la Unah, como colofón de un trato violatorio y desigual que se ha dado a los
estudiantes adventistas y a raíz de la decisión de la Gran Sala del Tribunal
Europeo de Derechos Humanos que emitió en 2011 su sentencia protegiendo la
libertad religiosa y la objeción de conciencia de una minoría religiosa en
Europa. Con fundamento en el artículo 9º. Del Convenio Europeo sobre Derechos
Humanos el Tribunal Europeo de Derechos Humanos había rechazado la apelación
original presentada, ante lo cual la Gran Sala sí admitió la apelación y
dispuso que se viola la libertad religiosa al ser objetor de conciencia para
prestar el servicio militar en el país de Armenia, y que se debe proteger la
objeción de conciencia para no tomar las armas a quienes por un credo o
confesión religiosa se niegan a participar en la carrera militar.
Decisión que cobra gran importancia para
minorías religiosas como menonitas y otros, que tanto en América como en Europa
se han declarado objetores de conciencia para la prestación del servicio
militar obligatorio. En este
sentido, los estudiantes adventistas en la Unah siempre se han manifestado como
objetores de conciencia respecto al sábado y se han negado a realizar cualquier
tipo de actividad académica o de evaluación en ese día.
Hay tres aspectos que son determinantes
en una conducta oficial para calificarla como violatoria de la libertad
religiosa, son: 1) Es obligatoria; 2) No ofrece alternativas y, 3) Es
coercitiva. Las políticas de la Unah en el trato a los estudiantes adventistas
reúnen las tres condiciones para ser calificadas de violatorias de la libertad
religiosa. Solo si se ofrecen
alternativas a la asistencia obligatoria en sábado a los estudiantes
adventistas y no se penalizan sus inasistencias se respetaría la libertad
religiosa y la objeción de conciencia.
Fuente: LaPrensa.hn
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