Así lo estableció Corte Constitucional en sentencia que resolvió tutela impuesta por estudiante.
La joven, que cursa segundo semestre de Enfermería en la Universidad Cooperativa, hizo la petición a las directivas de esa institución para que la asignatura de Farmacología, programada para los días sábados, la recibiera en otro día de la semana.
Según ella, la fe que profesa la obliga a guardar el Sabbath desde las seis de la tarde del viernes hasta las 6 de la tarde del sábado para "la adoración del Señor".
La Universidad se negó a esta petición alegando que en sus estatutos no se contempla la religión como una excusa para que los alumnos falten a clase. Por esto, la alumna debió acudir al derecho de tutela para hacer valer su derecho.
Y la Corte Constitucional falló a su favor: "La Universidad está obligada a implementar medidas alternativas que le permitan a los estudiantes de la Iglesia Adventista del Séptimo Día, el desarrollo de las actividades académicas previstas en las diferentes asignaturas. La obligación precedente se encuentra condicionada a que los estudiantes informen a la Universidad, de manera anticipada, la situación en la que se encuentran", señaló la sentencia.
El fallo agrega que "imponer a la estudiante la obligación de asistir los sábados podría constituir un obstáculo especialmente grave para el ejercicio de la libertad de cultos justifica que la Universidad identifique estrategias académicas adecuadas y que, en aquellos eventos en los que exista una oferta de cursos en horarios diferentes, implemente un mecanismo de preferencia en la asignación de cursos que favorezca la práctica del Sabbath por parte de las personas pertenecientes a la Iglesia Adventista del Séptimo Día”.
REDACCIÓN JUSTICIA
Fuente: EL TIEMPO . COM
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